Más que interesante estudio de Jesús Barbero Mateos para colóquios históricos de Extremadura sobre la represión de los maestros rurales de las Villuercas, que en teoría no eran afines a la ideología del bando nacional vencedor.
En una anterior entrada de noviembre del 2010 ya hable sobre el maestro represaliado Jacinto Romero Pardo al encontrar por casualidad una postal suya que se vendía en la red, gracias a Jesús Barbero Mateos conocemos como fue injustamente represaliado por las autoridades falangistas, en contra del sentimiento general de los vecinos de Navezuelas,entre los cuales gozaba de gran estima, al igual que los vecinos de Deleitosa con su maestro Ebaristo Jiménez Sánchez que también fue represaliado.
La rebelión armada del 18 de julio de 1.936 supuso, para la educación, en general y para el magisterio, particularmente, un tremendo mazazo, por cuanto significó el retroceso en la formación de las sucesivas generaciones de españoles, a la vez que instauró un régimen de terror entre los docentes, al someterlos a un cruel y perverso proceso de depuración política, que debía determinara las adhesiones al nuevo “régimen” o, por el contrario, identificar a los maestros, “desafectos” al mismo, para aplicar sobre ellos ensañadas sanciones. Cerca de 1.200 maestros de la provincia de Cáceres, según la documentación obrante en el Archivo General de la Administración, padecieron el proceso, en el que presunción de culpabilidad era el principio rector en la tramitación de los expedientes, en una de las pocas acciones decididas en la política de los primeros tiempos del franquismo, en medio de la desidia administrativa general.
La Junta de Defensa Nacional no perdería el tiempo emitiendo, a propuesta del Rector de la Universidad de Zaragoza, “órgano superior de la enseñanza”, un Decreto[2] el día 19 de agosto de 1.936, con instrucciones que orientaban el procedimiento.
El día 26 de agosto de 1.936, Eduardo Málaga, Inspector Jefe de la provincia, concretó para los alcaldes y maestros, Instrucciones[3] relativas al comienzo del curso escolar. En ellas se establecía la necesidad de demostrar en las zonas ocupadas, la normalidad en el funcionamiento de los organismos oficiales, entre ellos la escuela, “como piedra fundamental del estado, que ha de contribuir a la españolización de las juventudes del porvenir, orientada en los últimos años en sentido inverso”.
Para ello se dotaba de poderes plenos a los alcaldes, que debían vigilar que la enseñanza impartida era la adecuada y exaltaba el “patriotismo sano”; informar “las debilidades y orientaciones opuestas” de los maestros y si sus conductas habían “perturbado las conciencias infantiles”, en cuyo caso, los Rectores ordenarían con toda urgencia su sustitución; y comunicar los maestros que se hubieran presentado el día uno, únicos a los que los habilitados estaban autorizados a pagar. En los pueblos donde no se hubiese presentado, el alcalde designaría a un sustituto interinamente, entre los maestros de la localidad o de localidades situadas a menos de 5 kilómetros. Si no se encontraban maestros, podría nombrarse a cualquier titulado universitario, eso sí, de reconocida moralidad y patriotismo.
Por su parte, el Gobernador Civil de Cáceres, mediante Circular[4] de 1 de septiembre de 1.936, establecía que “la Guardia Civil, procederá a averiguar y formar relación de los maestros nacionales clasificados por ideas socialistas, comunistas y francamente izquierdistas, a fin de ordenar su destitución”.
Hasta aquí los prolegómenos del proceso. Pronto comenzaría a normalizarse el mismo en todo el territorio, con normas comunes.
El Decreto de 8 de noviembre de 1.936, creaba las Comisiones Depuradoras, al considerar que “la atención que merecen los problemas de la enseñanza, tan vitales para el progreso de los pueblos, quedaría esterilizada si, previamente, no se efectuase una labor depuradora en el personal que tiene a su cargo una misión tan importante como la pedagógica (…)”[5]. Las Comisiones Provinciales de depuración, supervisadas por la Comisión General Central de Depuración del Magisterio, solicitaban informes de los maestros en modelos normalizados, a las “personas de orden” de las localidades donde estaban ejerciendo: Guardia Civil, Alcalde, Juez, Cura, Jefe de Falange, cabezas de familia de acreditada moralidad, etc., a partir de los cuales proponían la absolución, o bien, imputaban cargos y proponían las sanciones que creían más adecuadas.
Una Orden de 7 de diciembre de 1.936, señalaba las sanciones a aplicar, que iban desde el traslado forzoso, a la separación definitiva del servicio.
El 18 de marzo de 1.939, otra Orden señalaba causa suficiente de sanción, la pasividad de quienes pudiendo haber cooperado con los sublevados, no lo hicieron.
Como colofón del proceso, el gobierno rebelde aprobó una Ley el 10 de febrero de 1.939, en la que se compilaban las normas depuradoras, tratando de actuar con rapidez para identificar y reintegrar a los afines y localizar y sancionar a los que “contribuyeron a la subversión y prestaron asistencia a quienes por la violencia se apoderaron de los puestos de mando de la Administración”.
La Disposición Adicional Segunda establecía: “La depuración del personal docente que depende del Ministerio de Educación nacional, se efectuará con arreglo a las normas especiales que al efecto se dicten”.
En todo caso, como este proceso “purificador” se extendió también a los maestros “no contaminados”, al terminar la guerra, los que pudieron probar su hostilidad a la República, tuvieron que superar unos exámenes y seguir unos cursos de orientación profesional, “para saturar su espíritu del contenido religioso y patriótico que informa nuestra cruzada”[6].
A continuación trataremos de arrojar un poco de luz sobre la depuración del magisterio que ejercía en el ámbito de lo que es hoy el CRA “Las Villuercas”, ocho localidades en total, pertenecientes a tres partidos judiciales. Para ello se han consultado y analizado los expedientes de los 17 maestr@s que ejercían en estos pueblos, obrantes en el Archivo General de la Administración, que acarrearon desiguales consecuencias, como veremos. Hemos agrupado la información obtenida en cuatro bloques, referidos a datos personales; características profesionales; aspectos socio-políticos y una cuestión abierta. Pondremos de manifiesto las principales características de los tres primeros bloques, centrándonos a continuación en los procesos seguidos a dos maestros, cuyas consecuencias fueron la destitución fulminante en un primer momento, y la sanción al finalizar la tramitación de sus correspondientes expedientes.
CARACTERIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN EN LAS “VILLUERCAS BAJAS”
Comenzaremos fijándonos en las personas que ejercieron la tarea de informantes, para ubicarnos adecuadamente en las fuentes de que las que se nutría la administración, para conocer sobre el magisterio. Sus informaciones, según se desprende del análisis de los expedientes, están cargadas de subjetividad, por cuanto sobre un mismo maestro aparecen, en algunos casos, informaciones radicalmente opuestas entre unos informantes y otros, llegando, incluso, a advertir unos sobre las posibles inexactitudes aportadas por otros.
Eran individuos que ocupaban puestos de responsabilidad local y que eran requeridos por la Comisión Depuradora, para informar y emitir juicios de valor sobre los maestros, cumplimentando un cuestionario elaborado al efecto.
Esta función fue desempeñada, en la práctica, por los estamentos a los que el régimen consideraba los pilares de la nueva sociedad: El Alcalde, el Cura, el Comandante de Puesto de la Guardia Civil, el Juez, el Jefe de Falange y “personas de orden” con reconocida moralidad e intachable conducta religiosa, política y social....
JACINTO ROMERO PARDO. Maestro de Navezuelas
El
otro caso de ensañamiento de las autoridades ocurrió en la localidad de
Navezuelas, recayendo las acusaciones sobre el maestro Jacinto Romero
Pardo.
La acusación.
El día 9 de septiembre de 1.936, el alcalde de Navezuelas, Román
Benito, comunica al Gobernador Civil de Cáceres que el maestro Jacinto
Romero Pardo “ha sido muy comunista”.
Destitución. Con esta información, el día 21 de septiembre de 1.936, el Gobernador destituye a maestro, a través del servicio de inspección.
El maestro se defiende.
El día 7 de octubre, tras recibir la noticia de su cese, el maestro
remite dos escritos y diversos certificados de conducta al inspector
jefe, para que sean tramitados, así como otro escrito al gobernador,
suplicando que le reponga en su cargo.
Alegaba
que siempre había desempeñado su trabajo con convicciones católicas y
que no había pertenecido a ningún partido político ni asociación, a la
vez que estaba sumado al movimiento, afiliado a las milicias de su
pueblo, Herreruela, donde le había sorprendido el Movimiento. “Asaltaron
los rojos el cortijo donde con mis familiares me encontraba pasando las
vacaciones, en las proximidades de Puebla de Obando (Badajoz), donde
fui amenazado de muerte para que entregara las armas y, además, robado y
maltratado”. Termina suplicando que se recaben informes suyos si alguno fue “equivocado” y adjunta uno sobre su personalidad, para que lo tenga en cuenta.
El
segundo de los escritos, iba avalado por la firma de 314 cabezas de
familia de Navezuelas, mayores de 25 años, personas de intachable
conducta, en el que, habiéndose enterado de la destitución del maestro y
“como personas interesadas en la enseñanza de los chiquillos, hombres del mañana de nuestro pueblo”,
manifiestan su profundo pesar, por tratarse de un funcionario
competente. Suplican que sea repuesto en su cargo para, basado en los
principios de religión y patria, dote a los niños de suficiente
civilización y cultura; porque goza de la simpatía y afecto del
vecindario, es digno del más entusiasta aplauso de los padres de
familia, por su labor, en nada contraria al Movimiento Nacional.
Aporta
varios certificados, fechados el 30 de septiembre en Herreruela y
firmados por el alcalde, Tomás Bas Flores; el cura, Gregorio Rocha
Fernández y el jefe de Falange, Urbano Chaparro Moreno. Todos ellos
coinciden en afirmar que Jacinto Romero Pardo, al igual que su familia,
es de conducta intachable moral y religiosa, es considerado como persona
de orden y de derechas. Había llegado a Herreruela con sus padres a
primeros de agosto, solicitando vigilancia armada, por huir de los rojos
que habían asaltado el cortijo donde se encontraban. Desde entonces
estuvo en las milicias patrióticas, prestando servicios de vigilancia.
Se recaban informes.
Pero los trámites del proceso de depuración continúan de forma
inexorable. En enero de 1.937 se remitieron a la comisión depuradora del
magisterio de Cáceres, a requerimiento de ésta, los informes del
maestro. Fueron dados por el Alcalde, Antonio Durán, el cura, José
Blanco Gallego y el vecino Román Benito (que, como anterior alcalde,
había informado negativamente sobre el maestro, por lo que éste fue
destituido).
Según
estos informes, Jacinto Romero Pardo, que llevaba más de tres años en
la localidad, era natural de Herreruela, de 30 años, estaba casado y
tenía dos hijos. Todos coinciden en que no era católico practicante,
apuntando el alcalde que su familia sí lo era. Fuera de la escuela se
ocupa de los asuntos de su casa, pasear con su familia y “distraerse con funcionarios de mal proceder político”.
Dedica
a la escuela las horas reglamentarias, con juegos tradicionales del
país y de la edad. Enseñaba bien y con entusiasmo y estaba afiliado a la
Asociación Nacional de Maestros de Primera Enseñanza, habiendo sido
suspendido.
En
las observaciones se señala que era apreciado por el vecindario y que
tenía más amistades con los de izquierdas que con los de derechas. El
cura profundiza con más detalles “se acompañaba del médico, don José
Mateo y de otro maestro, Fernando Collado, sin cargo, que eran de mala
conducta. Se dice de él que inspiraba en el socialismo al casero. Votaba
a izquierdas, aunque en mis tiempos no se le vio haciendo mofa de los
actos religiosos. Ahora cumplía y paseaba con el cura, antes nada de
eso”.
Pliego de cargos.
Con estas informaciones, la Comisión formula el pliego de cargos y se
lo comunica al maestros el día 16 de mayo de 1.938. En el mismo se le
acusa de hacer ostentación de ideas izquierdistas, socialistas y
comunistas, votando al Frente Popular y teniendo sus amistades entre los
elementos destacados de izquierdas.
Alegato de descargos.
El día 28, desde Navezuelas, remite el maestro sus descargos y doce
certificaciones de defensa a la comisión de Cáceres. Sabedor de su
inocencia, en el escrito no profundiza mucho sobre su defensa, indica
que como las certificaciones que deben obrar en poder de la Comisión y
las que remite prueban suficientemente su ayuda moral, personal y
económica desde el primer día al Glorioso Movimiento, así como su
conducta moral, profesional y política y, sobre todo, “que no es
cierto ninguno de los cargos que han motivado el expediente que se me
instruye, prescindo de defenderme acusando y de hacer sucios retratos
morales y políticos”.
De los doce documentos exculpatorios que remite, seis se emiten en Herreruela
por el Secretario del ayuntamiento, Pedro Holguera Chaparro; el
comandante de puesto de la Guardia Civil, Diego Pérez Barra; el alcalde,
Gerardo Gómez Pardo; el Juez municipal, Fidel Hidalgo; el cura de
Herreruela, Gregorio Rocha Fernández y el jefe de Falange, Urbano
Chaparro Moreno. Estos informes acreditan que el maestro había
demostrado incondicional adhesión al movimiento, pertenecía a Falange,
donde había desempeñado varios cargos: instructor de flechas, delegado
sindical y delegado de prensa y propaganda; había prestado servicio en
las milicias del pueblo, cumpliendo con lealtad y entusiasmo,
contribuyendo con las suscripciones, demostrando patriotismo, de
intachable conducta pública y privada, cumplidor como buen católico y
apreciado por vecinos y autoridades.
Por su parte desde Navezuelas, el vecino Vicente
Álvarez, además de afirmar que la conducta del maestro había sido
siempre intachable, benéfica y justiciera, libre de rencillas, hace el
siguiente relato: “el 21 de febrero de 1.936 por la tarde, como
ciertos individuos socialistas insultaron y quisieron asesinar a los
hijos del primer teniente de alcalde de entonces y ahora, D. Vicente
Álvarez Alama, acertando a pasar por allá para ir a su casa, les afeó su
pésimo proceder y sosteniéndoles con harto peligro de su vida, no tanto
con razones, cuanto con su propio cuerpo, libróles a Pedro y Flaviano
Álvarez Cortijo, hoy en los frentes de combate, de un atropello y muerte
ciertas. Lo digo en nombre de mis hijos ausentes”.
La
presidenta del Consejo local de Primera Enseñanza, Tomasa Porras
Sánchez, certifica que ha desempeñado su labor admirablemente, ajeno a
la política y con el aplauso de los vecinos, dando facilidades para que
los niños pudieran santificar la fiesta. “No enseñó nada en contra de
la patria, la moral o las buenas costumbres, ni en su escuela se cantó
la internacional, marsellesa o himno de Riego”. Jamás vertió ideas
izquierdistas ni se le vio en manifestaciones ni mítines del Frente
Popular, ni estuvo en la casa del pueblo, ni promovió algaradas ni
escándalos.
El
cura matiza positivamente y rectifica parcialmente sus indicaciones
iniciales. Ahora asegura que aunque no frecuentó la iglesia antes del
alzamiento, “fue por miedo a perder su escuela, no por irreligioso. En ningún momento coartó la libertad de su familia, habiendo bautizado a sus hijos “y al que murió lo enterró cristianamente”. Tampoco había impedido a los niños de la escuela asistir a oficios religiosos y “si los monaguillos llegaban tarde, no les ponía mala cara”.
Las
autoridades locales, junto al comandante de puesto de Berzocana,
Evaristo Blázquez Maeso, también se implicaron a favor del maestro,
asegurando que no había estado afiliado a ningún partido y que era
incierto que manifestara ideas izquierdistas, dado mítines ni
conferencias, pisado la casa del pueblo, o ido a manifestaciones. En la
escuela estuvo alejado de la política y “no cantó internacional, marsellesa ni himno de Riego”,
ni saludado. En las clases nocturnas explicó la constitución
republicana, pero se resistió a poner la bandera tricolor. No votó las
candidaturas de izquierdas.
Nuevamente, aporta un escrito firmado por 314 vecinos de Navezuelas, informando muy favorablemente sobre el maestro, en estos términos: “en
la escuela su cumplimiento ha sido demasiado rigorista, invirtiendo más
tiempo del mandado, tratando a niños y adultos por igual, no sembrando
ideas contrarias a nuestra nación e historia y proporcionando a los
escolares más material del presupuestado, abonándolo de su dinero y
juzgando que a nuestros niños, dado su medio ambiente no se les podía
pedir más erudición. Su conducta privada y pública ha sido digna de los
mejores aplausos, siendo el verdadero maestro que enseña con el ejemplo.
Jamás le hemos visto actuar en política ni asistir a manifestaciones o
participar en actos perniciosos”.
Propuesta de sanción.
Analizada toda la documentación por parte de la comisión, el día 20 de
agosto de 1.938, se propone la sanción, al estimar completo el
expediente. Por unanimidad se acuerda proponer la suspensión de empleo y
sueldo por trece meses y un día, sirviéndole de abono el tiempo ya
suspendido.
Sanción definitiva.
Sería más de un años después, cuando el 26 de octubre de 1.939, la
comisión superior propusiera al Ministro, sin atender en nada las
verdaderas circunstancias del maestro, el traslado forzoso dentro de la
provincia, con prohibición de solicitar cargos vacantes, durante un
periodo de dos años e inhabilitación para el ejercicio de cargos
directivos y de confianza en Instituciones Culturales y de Enseñanza.
Esta
fue la sanción que debió sufrir el maestro, por las acusaciones, falsas
a tenor de los informes aportados, del alcalde de Navezuelas, Román
Benito, apoyado inicialmente por el cura de la localidad, José Blanco
Gallego.
Se
cierra el expediente de este maestro, como el de otros tantos miles en
todo el territorio, con una injusta sanción, fundamentada en falsas
acusaciones de las autoridades, en los primeros momentos de la rebelión.
En
resumen, en el caso de Evaristo Jiménez Sánchez, la causa real de su
acusación estuvo en que había acudido desesperado a Madrid para tratar
de buscar curación a la enfermedad ocular de su mujer. Ante su falta de
recursos, se dirigió al diputado por la provincia de Cáceres, José
Giral, quien le ayudó, a cambio de su nombramiento como presidente de
Izquierda Republicana en Deleitosa. El maestro aceptó el cargo, pero no
lo ejerció.
Cuando
se produjo el golpe de estado, el maestro se encontraba nuevamente en
Madrid con su mujer, lo que fue aprovechado por el alcalde de Deleitosa
para cargar contra él, acusándolo de comunista y de haberse fugado a
zona roja.
Como
los intentos de localización del maestro por parte de la comisión
depuradora de Cáceres, para comunicarle los cargos, resultaron
infructuosos, se le sancionó con la separación definitiva del servicio,
mientras él se encontraba con su mujer en Alicante, a la espera de
regresar a Deleitosa en cuanto le fuera posible.
A
su regreso, enterado de su cese y con otro maestro ocupando su puesto,
el maestro solicitó la revisión de su expediente, con el apoyo de
vecinos y nuevas autoridades locales, revisión que fue concedida dos
años después. Tras las correspondientes alegaciones a los cargos y
presentación de avales, nuevamente de los vecinos y autoridades,
transcurridos que fueron otros dos años, atendieron sus alegaciones y
dieron por amortizada la nueva sanción, con el tiempo que había
transcurrido sancionado desde 1.936. Sin embargo, el maestro no pudo
disfrutar de su reintegración al magisterio. Ya había muerto, al igual
que su mujer, que lo hizo años atrás, por pura inanición, a decir de
vecinos de la localidad, que aún recuerdan tan amargo trance. La
tramitación del expediente había durado la friolera de ocho años.
Consideraciones finales.
El
análisis de los expedientes de depuración de los maestros Evaristo
Jiménez Sánchez, de Deleitosa y Jacinto Romero Pardo, de Navezuelas,
obligan a realizar algunas apreciaciones en torno a la consideración que
de los maestros se tenía en el ámbito de las Villuercas Bajas.
De
forma general, puede entenderse demostrado que, en los primeros
momentos de la rebelión armada, se produjo un ensañamiento de las
autoridades con los maestros, informando sobre falsedades en torno a los
mismos al aprovechar la coyuntura de caos.
Tras
realizarse las acusaciones, los maestros se ven imposibilitados para
demostrar su inocencia, aún aportando informes y certificaciones de
conducta muy favorables, de los propios elementos del régimen en
ciernes. Resultan vanos todos los intentos de exculpación, ante la
presunción de culpabilidad impulsadas por los alcaldes, con la
aquiescencia de los curas.
A
ello se une la tremenda lentitud en la tramitación de los expedientes,
tres años en un caso y ocho años en el otro, que origina que los
maestros sufran, de hecho, mayor sanción que la que definitivamente se
les impondría. En el caso de Jacinto Romero Pardo, se le comunican los
dos años de sanción, cuando llevaba suspendido más de tres. En el caso
de Evaristo Jiménez Sánchez, los dos años de sanción se le imponen
cuando llevaba ocho años suspendido y, lo que es más grave, cuando ya
había fallecido.
Ello
había originado en ambos casos una angustiosa situación personal, ante
la falta de ingresos para sostener a sus familias. Especialmente en el
caso de Evaristo Jiménez, cuya esposa, a decir de los vecinos de
Deleitosa que recuerdan el caso, había fallecido de pura inanición.
Sin
embargo de todo ello, un hecho positivo quedó claramente de manifiesto.
El apoyo del vecindario de las localidades de Deleitosa y Navezuelas a
su respectivo maestro hizo, aún en las peores condiciones políticas, que
imperara su apreciación y criterio, desenmascarando a las autoridades
que, valiéndose de sus cargos, habían cargado las tintas sobre los
maestros que estaban tratando de ilustrar a sus vecinos más pequeños,
los niños. Triunfaría de esta forma LA REBELIÓN DE LOS JUSTOS.
[1]
La realización de este trabajo se ha hecho con las ayuda concedidas por
la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, al amparo de las
Órdenes por las que se convocan ayudas para la constitución de Grupos
de Trabajo de Investigación sobre la Historia de la Educación en
Extremadura.
[2]
Archivo Histórico Provincial de Cáceres (AHPC). Legajo sobre Educación.
Sin clasificar. Documento de fecha 19 de agosto de 1.936.
[3] AHPC. Legajo sobre Educación. Sin clasificar. Documento de fecha 26 de agosto de 1.936.
[4] AHPC. Legajo sobre Educación. Sin clasificar. Documento de fecha 1 de septiembre de 1.936.
[5] Citado por DOMÍNGUEZ LÁZARO, M. “La escuela en Plasencia en la primera parte del siglo XX”, en Revista ALCÁNTARA 12 (septiembre-diciembre. 1.987).
[6] AHPC. Legajo sobre educación. Sin clasificar. Orden Ministerial de 28 de diciembre de 1.939.
AUTOR: JESÚS BARBERO MATEOS
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